°. El porcentaje de retención en el Impuesto sobre las Ventas para aquellos responsables que en los últimos seis (6) períodos consecutivos hayan arrojado saldos a favor en sus declaraciones de ventas, provenientes de retenciones en la fuente por IVA, será del sesenta por ciento (60%) del valor del impuesto.
Article 1
El Porcentaje De Retención En El Impuesto Sobre Las Ventas Para Aquellos Responsables Que En Los Últimos Seis (6) Períodos Consecutivos Hayan Arrojado Saldos A Favor En Sus Declaraciones De Ventas, Provenientes De Retenciones En La Fuente Por Iva, Será Del Sesenta Por Ciento (60%) Del Valor Del Impuesto
Decreto 415 de 2004 · por el cual se reglamenta el artículo 437-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 13 de la Ley 863 de 2003.
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