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Article 15

Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Funcionarios Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Del País Y En El Exterior: Remuneración Mensual Viáticos Diarios En Pesos Para Comisiones En El País Viáticos Diarios En Dólares Estadounidenses Para Comisiones En El Exterior De Hasta Hasta Hasta 20

Decreto 198 de 1987 · por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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Text of the article

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Establécese la siguiente escala de viáticos para los funcionarios que deban cumplir comisión de servicios en el interior del país y en el exterior: Remuneración mensual Viáticos diarios en pesos para comisiones en el país Viáticos diarios en dólares estadounidenses para comisiones en el exterior De Hasta Hasta Hasta 20.682 2.735 100 20.683 a 39.690 3.420 105 39.691 a 55.600 4.130 145 55.601 a 73.970 4.755 170 73.971 a 105.365 5.650 234 105.366 a 137.000 6.555 247 137.001 a 171.100 7.595 270 171.101 en adelante 8.635 279 La entidad fijará el valor de los viáticos según la remuneración mensual del funcionario comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y el lugar donde debe llevarse a cabo la labor hasta por las cantidades señaladas en el presente artículo. Para determinar el valor de los viáticos, se tendrá en cuenta la asignación mensual y los gastos de representación. Dentro del territorio nacional sólo se reconocerán viáticos cuando el comisionado deba permanecer por lo menos un día completo en el lugar de la comisión, fuera de su sede habitual de trabajo. Cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, sólo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado.

02

Constitutional history

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