ARTICULO 55. De la comunicación de la fecha de vencimiento del escalafón Las dependencias de que trata el artículo 46 de este decreto notificaran a los funcionarios inscritos en la carrera la fecha de vencimiento de la incisión con una antelación no inferior a un (1) mes El incumplimiento de esta norma por parte del instituto exonera al funcionario de la obligación de solicitar la renovación de inscripción de acuerdo con lo establecido en el artículo 128 del decreto -ley 1651 de 1977
Article 55
De La Comunicación De La Fecha De Vencimiento Del Escalafón Las Dependencias De Que Trata El Artículo 46 De Este Decreto Notificaran A Los Funcionarios Inscritos En La Carrera La Fecha De Vencimiento De La Incisión Con Una Antelación No Inferior A Un (1) Mes El Incumplimiento De Esta Norma Por Parte Del Instituto Exonera Al Funcionario De La Obligación De Solicitar La Renovación De Inscripción De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 128 Del Decreto -Ley 1651 De 1977
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
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