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Article 3

º

Decreto 2100 de 1991 · por el cual se reglamenta el Decreto-Ley 1660 de 1991.

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01

Text of the article

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º . Causales. El nominador podrá declarar la insubsistencia del nombramiento de un empleado o funcionario, amparado por derechos de carrera, siempre y cuando medie la indemnización prevista en este Decreto, en los siguientes casos

a)

Cuando mediante un proceso disciplinario al empleado o funcionario le haya sido impuesta sanción de multa o de suspensión en el ejercicio del cargo, por faltas cometidas con posterioridad al 1º de julio de 1991;

b)

Cuando el empleado o funcionario obtuviere una o varias calificaciones deficientes o insatisfactorias en el sistema general, o sus equivalentes en los especiales, que no dieren lugar a la declaratoria de la insubsistencia por calificación de servicios, valoración de méritos o evaluación del desempeño. Se tendrán en cuenta las calificaciones que se produzcan en cualesquiera de los casos contemplados en las disposiciones que regulan estos sistemas, efectuadas con posterioridad al 1º de julio de 1991;

c)

Cuando el empleado o funcionario no satisfaga totalmente las necesidades o requerimientos técnicos o administrativos del servicio, previo el concepto favorable del órgano que administre la respectiva carrera. Para el efecto, el jefe de la entidad o corporación respectiva presentará el correspondiente estudio técnico debidamente fundamentado. Dicho órgano deberá pronunciarse dentro de un término máximo de dos (2) meses siguientes a la fecha de su presentación;

d)

Cuando el empleado o funcionario hubiere sido nombrado en período de prueba, inscrito en el escalafón de la carrera o ascendido, mediante proceso de selección o de inscripción, tramitado, en cualquier tiempo, en forma irregular por la administración. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan corresponder a los empleados o funcionarios que intervinieron en el respectivo proceso. La declaratoria de insubsistencia de que trata el presente literal sólo procederá, previo estudio y concepto favorable del órgano que administre la respectiva carrera;

e)

Dentro de un plan colectivo de retiro compensado, en los términos previstos en el Decreto-ley 1660 de 1991 y en el artículo 6o. y siguientes del presente Decreto.

02

Constitutional history

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