Al responsable de varios delitos cometidos separada o conjuntamente y que se juzguen en un mismo proceso, se le aplicará la sanción establecida para el más grave, aumentada hasta en otro tanto. Además de esta sanción, se aplicará como accesorias la relegación a una colonia agrícola penal por dos o diez años, si los delitos cometidos fueren cuatro o más y si la naturaleza y modalidades de los hechos ejecutados, los motivos determinantes, las condiciones personales y el género de vida llevado por el agente demuestran en éste una tendencia persistente al delito. Las multas establecidas para cada uno de los delitos se aplicarán en todo caso junto con la pena señalada para el más grave, siempre que el total no exceda de cinco mil pesos.
Decreto 2300 de 1936 →In force
Article 33
Al Responsable De Varios Delitos Cometidos Separada O Conjuntamente Y Que Se Juzguen En Un Mismo Proceso, Se Le Aplicará La Sanción Establecida Para El Más Grave, Aumentada Hasta En Otro Tanto
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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