Recursos de terceros para la adquisición predial en el marco de Infraestructura para Proyectos Turísticos Especiales (PTE). De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 264 de la Ley 1955 de 2019, o la norma que la adicione, modifique o sustituya, los recursos para desarrollar los proyectos turísticos especiales o la infraestructura de estos pueden provenir de un tercero. Las reglas y el procedimiento en que se deben seguir en lo compatible para la concurrencia de terceros son las contenidas en el Decreto número 1077 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.
Decreto 1074 de 2015 →In force
Article 2.2.4.10.7.2
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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