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Article 31

Dirección Del Fondo De Defensa Técnica Y Especializada De Los Miembros De La Fuerza Pública (Fondetec)

Decreto 1874 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, se crean nuevas dependencias, funciones y se dictan otras disposiciones.

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01

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Dirección del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de La Fuerza Pública (FONDETEC) . Son funciones de la Dirección del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública -Fondetec -, las siguientes

1.

Administrar el Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública -Fondetec -, bajo la orientación y coordinación de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional.

2.

Elaborar y presentar el Plan de Gastos Anual del Fondo de Defensa Técnica y Especializada -Fondetec -para aprobación del Comité Directivo, previo visto bueno de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional.

3.

Ejercer la ordenación del gasto del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública-Fondetec -.

4.

Atender los negocios, las operaciones y las actividades administrativas, financieras, contables y legales a que haya lugar para el buen funcionamiento del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública -Fondetec-. Así mismo, llevar la estadística general de los procesos atendidos y del Registro de Abogados vinculados al Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública.

5.

Adelantar en forma periódica las barras defensoriales que permitan la actualización permanente en temas de defensa técnica especializada para los miembros de la Fuerza Pública.

6.

Definir las prioridades de distribución de los recursos del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de la Fuerza Pública -Fondetec -, teniendo en cuenta la oportunidad, operatividad y eficiencia y presentarlas para aprobación de Comité Directivo.

7.

Dirigir los procesos contractuales, adjudicar y ordenar al patrimonio autónomo, la suscripción, liquidación de los contratos y demás actos que se deriven de la actividad contractual y que se realizan con cargo a los recursos del Fondo, y suscribir, cuando sea el caso, los contratos, conforme a la normatividad vigente en materia de contratación estatal.

8.

Diseñar procedimientos administrativos y financieros para el cumplimiento de' las operaciones del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de la Fuerza Públi9a -Fondetec -, presentándolos al Comité Directivo, previa aprobación de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional.

9.

Diseñar los indicadores de gestión que permitan el control y seguimiento en el procedimiento de defensa técnica especializada y actividades relacionadas con' la prestación del servicio jurídico del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de la Fuerza Pública -Fondetec -.

10.

Comunicar a las autoridades competentes las faltas cometidas por los Defensores vinculados al Fondo de Defensa Técnica y Especializada de la Fuerza Pública -Fondetec -.

11.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora, de los Sistemas de Gestión y del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General.

12.

Las demás que le asigne o delegue el Ministro de Defensa Nacional.

02

Constitutional history

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