Resolución de la solicitud de personería jurídica y de autorización de funcionamiento. De no haberse presentado oposición alguna a la solicitud, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, proferirá resolución negando o concediendo la respectiva personería jurídica y autorización de funcionamiento a la Sociedad solicitante, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo establecido en el artículo 17 del presente decreto. Si se hubieren presentado oposiciones, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor, resolverá la solicitud de personería jurídica y de autorización de funcionamiento dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de ejecutoria del acto que resuelva la oposición.
Decreto 3942 de 2010 →In force
Article 24
Resolución De La Solicitud De Personería Jurídica Y De Autorización De Funcionamiento
Decreto 3942 de 2010 · por el cual se reglamentan las Leyes 23 de 1982, 44 de 1993 y el artículo 2°, literal c) de la Ley 232 de 1995, en relación con las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos y la entidad recaudadora y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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