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Article 6

°

Decreto 2774 de 2012 · por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud - INS

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01

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° . Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias del Instituto en la formulación de políticas de planeación, planes, programas institucionales y proyectos de inversión.

2.

Definir los lineamientos y criterios básicos para la formulación, evaluación y control de los planes, programas y proyectos del Instituto de acuerdo con los lineamientos emanados por el organismo rector, el Consejo Directivo y la Dirección General, con la participación de las demás dependencias.

3.

Orientar, asesorar y coordinar en las diferentes dependencias del Instituto, la elaboración, implementación y ejecución de planes y proyectos institucionales para que se integren adecuadamente al Plan Nacional de Desarrollo, al Plan Nacional de Salud Pública y al Plan Sectorial de Salud.

4.

Apoyar a las dependencias del Instituto Nacional de Salud en la elaboración de los proyectos de inversión y su viabilización, independientemente de la fuente de financiación.

5.

Formular y realizar el seguimiento y evaluación de los estudios, programas y proyectos de inversión.

6.

Gestionar la formulación y evaluación de los proyectos de inversión en coordinación con las demás dependencias y tramitar su inclusión en los Bancos de Proyectos de las entidades pertinentes.

7.

Adelantar las acciones necesarias para la preparación, presentación e inscripción de proyectos ante los organismos de asistencia técnica y cooperación nacional e internacional en asuntos de competencia de la Entidad, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social.

8.

Preparar, en coordinación con la Secretaría General y demás dependencias del Instituto, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión del Instituto Nacional de Salud.

9.

Hacer seguimiento y evaluación a la gestión institucional y coordinar los ajustes requeridos a los planes para su cumplimiento.

10.

Consolidar la información de la gestión institucional y efectuar su análisis, para la presentación de los informes requeridos por la Dirección General del Instituto y las autoridades e instancias pertinentes.

11.

Diseñar, en coordinación con las dependencias, los indicadores de gestión de los programas y proyectos, de acuerdo con los lineamientos y políticas diseñadas por el Estado para tal fin y hacer el respectivo seguimiento a través de los sistemas establecidos para el efecto.

12.

Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal y tramitar la viabilización de las modificaciones presupuestales a que haya lugar, en materia de inversión ante el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.

13.

Realizar el seguimiento a las metas del Plan Nacional de Desarrollo asignadas al Instituto Nacional de Salud, mediante la evaluación de los planes de acción.

14.

Liderar y apoyar a las dependencias en la implementación, desarrollo y sostenimiento de sistemas integrados de gestión, de acuerdo a lo establecido en los planes y proyectos estratégicos del Instituto.

15.

Dirigir y coordinar la elaboración y actualización de los manuales de procedimientos del Instituto en concordancia con los lineamientos del Modelo Integrado de Gestión.

16.

Definir las herramientas, mecanismos e instrumentos necesarios para concretar la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos.

17.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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