Comité de Prácticas Comerciales. Tendrá las funciones señaladas en el Decreto 2444 de 1990 y en las normas que lo modifiquen y adicionen. El Comité de Prácticas Comerciales estará integrado por: El Viceministro de Comercio Exterior, quien lo presidirá. El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior. Un delegado del Consejo Superior de Comercio Exterior. El Director General de Negociaciones del Ministerio. El Viceministro o Subdirector de la entidad más estrechamente ligada con la producción afectada a juicio del Presidente del Comité. Uno de los Asesores del Consejo Superior de Comercio Exterior.
Decreto 2350 de 1991 →In force
Article 31
Decreto 2350 de 1991 · por el cual se define la estructura orgánica del Ministerio de Comercio Exterior, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.