Artículo primero. Modificase el articulo 18 del Decreto 3486del 9 de diciembre de 198, en el sentido de determinar que para el año de 1983, el termino previsto en el citado articulo será de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de expedición del presente Decreto y para todos los efectos legales establecidos en dicho Decreto.
Article 18
Del Decreto 3486del 9 De Diciembre De 198, En El Sentido De Determinar Que Para El Año De 1983, El Termino Previsto En El Citado Articulo Será De Treinta (30) Días, Contados A Partir De La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Y Para Todos Los Efectos Legales Establecidos En Dicho Decreto
Decreto 3131 de 1983 · por el cual se modifica el articulo 18 del Decreto 3486 de 1981 y se ordena la ampliación de un termino para decidir.
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