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Article 19

La Remuneración Correspondiente A Las Vacaciones Será Pagada A Los Empleados Y Obreros En La Fecha En Que Empiecen A Disfrutar De Ellas

Decreto 2332 de 1946 · Por el cual se reglamentan las prestaciones sociales y se crea la Caja de Previsión Social de los empleados y obreros del Ministerio de Guerra

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Text of the article

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La remuneración correspondiente a las vacaciones será pagada a los empleados y obreros en la fecha en que empiecen a disfrutar de ellas. Den los casos en que haya de pagarse su valor en dinero, de acuerdo con lo prescrito en el presente Decreto, la liquidación se hará con base en la asignación devengada por el trabajador en el momento de causarse en cada año el correspondiente derecho.

02

Constitutional history

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