Modifíquese el
del artículo 2.36.2.2.16 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: "
Las aseguradoras presentarán sus ofertas como una tasa de prima mensual incluyendo el IVA, expresada en porcentaje del monto asegurado de los riesgos que se licitan.".
Artículo 2.36.2.2.16 DECRETO 2555 de 2010