El plazo máximo para el pago de la deuda de la Caja Nacional de Previsión Social con el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio será de cinco años, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto. Esta deuda se pagará en cinco contados, cada uno de ellos equivalente al 20% del total de la misma, e incluirá intereses sobre saldos equivalentes a la tasa de inflación. CAPITULO VIII Fuentes y usos de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
Decreto 2563 de 1990 →In force
Article 24
El Plazo Máximo Para El Pago De La Deuda De La Caja Nacional De Previsión Social Con El Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Será De Cinco Años, Contados A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto
Decreto 2563 de 1990 · por el cual se determinan las responsabilidades de pago de las prestaciones sociales del personal docente nacional y nacionalizado y se dictan otras disposiciones.
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01
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02
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