JurídicoESEN

Article 4

Decreto 1624 de 1957 · Por el cual se modifica el Decreto número 1186 del 9 de abril de 1954, sobre inscripción de los establecimientos educativos privados ante las Secretarías Departamentales de Educación, y se dictan otras disposiciones sobre estadística

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo cuarto. Para facilitar la clasificación de los establecimientos de educación y unificar el criterio al respecto, se adoptan las definiciones siguientes para efectos estadísticos: Grupo primero. Educación Infantil. Es la que se basa en las observaciones y experiencias del niño, en el estímulo y desarrollo de los sentidos, de los sentimientos y virtudes sociales, etc... Y que prepara al ingreso en la escuela primaria. Grupo segundo. Educación Primaria. Es la que tiene como fin, atender al desenvolvimiento completo del niño y capacitarlo para la solución de las necesidades y obligaciones morales, culturales y económicas de la comunidad. El periodo de estudios de la Educación Primaria en Colombia es de cinco (5) años, el cual debe realizarse entre los siete (7) y los catorce (14) años de edad. Grupo tercero. Educación Secundaria. Tiene como base la Escuela Primaria y se divide en Bachillerato y Educación Técnica. Bachillerato . Tiene como objeto la formación de los educandos por la ordenación sistemática de los conocimientos generales indispensables para el desenvolvimiento de la cultura media en un conglomerado social y como preparación inmediata para estudios superiores. Educación Secundaria Técnica . Tiene por objeto preparar los alumnos para una profesión u oficio. Esta educación se halla dividida en los siguientes grupos

1.

Educación Técnica Industrial . Adiestra para el ejercicio de una profesión u oficio manual y prepara obreros y operarios especializados para la industria.

2.

Educación Agropecuaria. Tiene por objeto capacitar a los educandos en las faenas agrícolas y en las demás actividades de la vida rural.

3.

Educación Comercial. Tiene por función preparar un personal hábil para las actividades del comercio, de la administración pública o privada.

4.

Educación de Enfermería . Prepara para el cuidado de los enfermos y para servicios similares. Comprende este sub-grupo solamente las Escuelas Secundarias de Enfermería.

5.

Educación artística . Tiene por objeto el adiestramiento en las bellas artes, en cualquiera de sus manifestaciones. Comprende esta enseñanza los Conservatorios de Música, las Escuelas de Dibujo y Pintura, Escultura, Canto, Baile, etc. Solo deben considerarse como planteles de esta enseñanza los dedicados exclusivamente a estas materias.

6.

Educación Religiosa . Es la que se da a los jóvenes destinados al sacerdocio o a la vida monástica. Deben incluirse en este grupo los seminarios menores, noviciados, etc.

7.

Educación Secundaria no especificada . Esta denominación comprende todos los establecimientos de instrucción media especializada, que no tienen planes rigurosos ni años de estudios determinados y que no se hallan incluidos en ninguno de los grupos anteriores. Grupo cuarto . Educación Superior. La educación superior es aquella que exige como condición mínima de admisión el diploma de bachiller o un certificado de estudios cursados y aprobados de enseñanza secundaria (cuarto año mínimo). La Educación Superior se divide en

a)

Escuela o Instituto Superiores.

b)

Facultades Universitarias. Grupo Quinto . Enseñanza para el Magisterio. Comprende las instituciones organizadas para la formación profesional de maestros en cualquier nivel de la educación. Grupo sexto. Educación Especial. Es la que se imparte a individuos deficientes física o mentalmente, o a desadaptados sociales. Grupo séptimo . Educación Fundamental para Adultos. La educación fundamental se da especialmente a los adultos, y tiene por objeto el mejoramiento de las condiciones de vida del individuo y de la sociedad. Forman parte de este grupo todos aquellos establecimientos donde se da instrucción a los adultos con fines de adaptación profesional o de alfabetización.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1624 de 1957