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Article 8

Modificaciones Al Registro De Operadores Postales

Decreto 867 de 2010 · por el cual se reglamenta las condiciones de habilitación para ser operador postal y el registro de operadores Postales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Modificaciones al Registro de Operadores Postales. Los operadores postales deberán informar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones las modificaciones que se produzcan respecto de los datos consignados en el Registro, dentro de los tres (3) meses siguientes a aquel en que estas se produzcan, aportando vía electrónica la documentación soporte. La citada modificación surte efectos a partir de la comunicación vía electrónica por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el sentido de que ha quedado incorporada la modificación. Para estos efectos el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones contará con el plazo previsto en el artículo 6° del presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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