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Article 1

Cuando Se Eleve El Salario Mínimo Mensual Legal Más Alto, Las Pensiones De Que Trata El Inciso Primero Del Artículo Primero De La Ley 4ª

Decreto 732 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 4° de 1976

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01

Text of the article

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Cuando se eleve el salario mínimo mensual legal más alto, las pensiones de que trata el inciso primero del artículo primero de la Ley 4ª. De 1976 se reajustarán de oficio, cada año, en la forma que a continuación se indica

a)

Con una suma equivalente a la mitad de la diferencia que resulte entre el antiguo y el nuevo salario mínimo mensual más alto, y

b)

Con una suma equivalente a la mitad del porcentaje que represente el incremento entre el antiguo y el nuevo salario mínimo, aplicado a la correspondiente pensión, Los incrementos por personas a cargo que otorga el Instituto Colombiano de Seguros Sociales no serán tomados en cuenta para el reajuste de las pensiones.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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