° A partir de la correspondiente fecha de implantación del sistema con arreglo a lo dispuesto en el presente Decreto, no serán válidas las inscripciones de nacimientos que se efectúen en los libros actualmente en uso.
Article 4
A Partir De La Correspondiente Fecha De Implantación Del Sistema Con Arreglo A Lo Dispuesto En El Presente Decreto, No Serán Válidas Las Inscripciones De Nacimientos Que Se Efectúen En Los Libros Actualmente En Uso
Decreto 1844 de 1971 · Por el cual se determina la fecha a partir de la cual entrará en funcionamiento el nuevo sistema de registro civil de nacimientos establecido por los Decretos-leyes números 1260 y 2158 de 1970
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Constitutional history
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