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Article 2

Modifíquese El Artículo 9° Del Decreto 1350 De 2012, El Cual Quedará Así: " Artículo 9°

Decreto 490 de 2013 · por el cual se modifican los artículos 7° y 9° del Decreto 1350 de 2012.

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01

Text of the article

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°. Modifíquese el artículo 9° del Decreto 1350 de 2012, el cual quedará así: " Artículo 9°. Alcance del subsidio de los programas de conexiones intradomiciliarias. El subsidio otorgado por la Nación y/o de las entidades territoriales para financiar los programas de conexiones intradomiciliarias, cubrirán los costos correspondientes a la formulación, ejecución, suministro de aparatos, equipos, y las adecuaciones necesarias para su funcionalidad.

Parágrafo

No se podrá otorgar más de un subsidio de conexiones intradomiciliarias por inmueble, para lo cual se levantarán los registros correspondientes. Este subsidio no excluye la posibilidad de que los hogares que habitan los inmuebles beneficiados con este, puedan aplicar a otros subsidios como el Subsidio Familiar de Vivienda en las modalidades contempladas en la norma vigente".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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