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Article 8

Ley 35 de 1990 · por la cual se modifican algunas normas sobre el régimen interno de las Cámaras, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los proyectos podrán modificarse en las Comisiones a través de tres tipos de proposiciones: Supresivas: que pretenden suprimir parte o todo de uno o varios artículos; Sustitutivas: que pretenden sustituir parte o todo de uno o varios artículos por otro texto; y Aditivas: que pretenden adicionar algo al texto en discusión.

Si hubiere varias proposiciones se votará primero la supresiva, negada ésta, la sustitutiva y luego, la original. Aprobada la original se votará la aditiva. Por original se entenderá siempre el texto propuesto en el pliego de modificaciones presentado por el ponente, en el caso de que lo haya. Sin embargo, el autor del proyecto podrá insistir en que se considere como original su texto, caso en el cual el del pliego de modificaciones pasará a considerarse como sustitutivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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