°. Debido a las características de prestación del servicio de gas natural por el sistema de Gasoductos Urbanos, el Contrato de Concesión deberá comprender, como mínimo el área del Municipio o Distrito Especial solicitado, pudiendo abarcar en el mismo contrato de Concesión, uno o varios de los municipios vecinos que formen parte de Áreas Metropolitanas legalmente establecidas.
El Ministerio de Minas y Energía podrá exceptuar de lo dispuesto en este artículo, mediante resolución y sólo en circunstancias plenamente justificadas, teniendo en cuenta la configuración geográfica, área de la zona, fuentes de suministro y desarrollo urbano etc.