ARTICULO 5º. El Gobierno Nacional tramitará las operaciones presupuestales para trasladar las partidas asignadas para la remuneración del personal a que se refiere este Decreto, y las que se hayan previsto en el presupuesto para la vigencia fiscal de 1990 para este mismo propósito. Trasladará igualmente todos los recursos físicos, materiales y de equipos que tiene el Ministerio de Justicia en la actualidad para la prestación de los servicios que se seguirán atendiendo por las Oficinas de la Carrera Judicial, así como los recursos que se asignen en el presupuesto de la vigencia fiscal de 1990 para estos efectos.
Decreto 2289 de 1989 →In force
Article 5
El Gobierno Nacional Tramitará Las Operaciones Presupuestales Para Trasladar Las Partidas Asignadas Para La Remuneración Del Personal A Que Se Refiere Este Decreto, Y Las Que Se Hayan Previsto En El Presupuesto Para La Vigencia Fiscal De 1990 Para Este Mismo Propósito
Decreto 2289 de 1989 · Por el cual se crean unos cargos en la Rama Jurisdiccional
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.