ARTICULO 15. Para que proceda el pago de horas extras y de dominicales y festivos o el reconocimiento de descansos compensatorios de que trata el Decreto 1042 de 1978, el empleo deberá pertenecer al Nivel Técnico hasta el grado 09 o al Nivel Asistencial hasta el grado 19.
Article 15
Para Que Proceda El Pago De Horas Extras Y De Dominicales Y Festivos O El Reconocimiento De Descansos Compensatorios De Que Trata El Decreto 1042 De 1978, El Empleo Deberá Pertenecer Al Nivel Técnico Hasta El Grado 09 O Al Nivel Asistencial Hasta El Grado 19
Decreto 42 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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