JurídicoESEN

Article 11

Decreto 1591 de 1989 · Por el cual se crea el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y se dictan normas para su organización y funcionamiento.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El patrimonio del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia estará integrado por

a)

Las sumas que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 21 de 1988 se incluyan en el Presupuesto de la Nación;

b)

Las cuotas o aportes de los beneficiarios de conformidad con lo señalado en los reglamentos;

c)

Los bienes y derechos que con ocasión de la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de Colombia sean transferidos al Fondo;

d)

Los aportes de otras personas naturales o jurídicas públicas o privadas;

e)

Los rendimientos financieros que como producto de las inversiones obtenga el Fondo.

f)

Los demás recursos que se apropien en el Presupuesto de la Nación para el funcionamiento del Fondo;

g)

Los demás bienes y derechos que el Estado le otorgue;

h)

Los bienes y recursos que el Fondo adquiera a cualquier título. CAPITULO IV DISPOSICIONES VARIAS

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1591 de 1989