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Article 4

Los Funcionarios De Telecom Que Desempeñan Labores Docentes En La Empresa Se Clasifican Según Su Escolaridad En Los Siguientes Niveles: Nivel I

Decreto 303 de 1982 · Por el cual se reglamenta el artículo 9 del Decreto extraordinario 325 de 1981

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Text of the article

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º Los funcionarios de Telecom que desempeñan labores docentes en la Empresa se clasifican según su escolaridad en los siguientes niveles: Nivel I. Con título en la modalidad de técnico profesional intermedio o equivalente en el área de diversificación relacionada con la actividad docente a realizar y con idoneidad debidamente comprobada. Nivel II. Con título en educación superior en la modalidad de tecnólogo en el área del conocimiento relacionada con la actividad docente a realizar y escalafonado en la empresa como Técnico. Nivel III. Con título de educación superior en la modalidad de formación universitaria en el área del conocimiento relacionada con la actividad docente a realizar o en área afín, y escalafonado en la Empresa como Profesional, o ubicado en la Escala RDE-04. Nivel IV: con título de educación superior avanzada a nivel de especialista, magíster o doctor y escalafonado en la empresa como Profesional, o ubicado en la Escala RDE-04.

Parágrafo

Podrá omitirse el requisito de escolaridad establecido para le Nivel I, para los funcionarios que desempeñen labores docentes en el área de operación telefónica y telegráfica.

02

Constitutional history

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