Art. 3° Los objetos que no sean de los enumerados en el artículo anterior, aun cuando estén ó puedan estar comprendidos entre los del artículo 1°, manifestados y reconocidos según las reglas generales, serán clasificados por la Aduana en la clase de la Tarifa á que correspondan según su propia naturaleza y sin consideración alguna al destino ó aplicación que se les haya de dar. Así, por ejemplo, el hierro en rieles para vías férreas de uso público será clasificado como de la 4ª clase, sin consideración á la vía férrea á que se haya de destinar según el Manifiesto del introductor.
Decreto 761 de 1900 →In force
Article 3
, Manifestados Y Reconocidos Según Las Reglas Generales, Serán Clasificados Por La Aduana En La Clase De La Tarifa Á Que Correspondan Según Su Propia Naturaleza Y Sin Consideración Alguna Al Destino Ó Aplicación Que Se Les Haya De Dar
Decreto 761 de 1900 · Reglamentario de los procedimientos sobre exención de derechos de Aduana
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.