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Article 10

Ley 2622 de 2026 · Por medio de la cual se declara Patrimonio Histórico, Étnico y Cultural de la Nación el Festival Nacional Son de Negro de Santa Lucía Atlántico y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorícese al Gobierno nacional, al Gobierno Departamental y al Municipal a destinar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación y de sus presupuestos locales respectivamente tendientes a: a) Fortalecer y promover la conservación de las actividades culturales, musicales y artísticas que se dan en torno al Festival Nacional Son de Negro, Santa Lucía b) Promover la divulgación y conservación de los valores culturales del Festival Nacional Son de Negro, Santa Lucía como Patrimonio Cultural de la Nación para garantizar su reconocimiento a nivel nacional e internacional y dinamizar el turismo en la región.

c)

La creación y el fortalecimiento de escuelas de formación cultural.

Estas escuelas tendrán como objetivo la enseñanza, preservación y difusión de las manifestaciones artísticas, musicales y dancísticas propias del Son de Negro, asegurando la transmisión de sus valores, tradiciones y saberes ancestrales a las nuevas generaciones.

d)

Las demás que se consideren necesarias para proteger y promover el Festival Nacional Son de Negro, Santa Lucía como Patrimonio Cultural de la Nación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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