°. Dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la publicación del presente decreto, el Director General de la Policía Nacional incorporará al personal a quienes por efectos de la liquidación del Inssponal se les haya suprimido el cargo; sin tener que presentar ningún requisito adicional.
Article 2
Dentro De Los Cuarenta Y Cinco (45) Días Siguientes A La Publicación Del Presente Decreto, El Director General De La Policía Nacional Incorporará Al Personal A Quienes Por Efectos De La Liquidación Del Inssponal Se Les Haya Suprimido El Cargo; Sin Tener Que Presentar Ningún Requisito Adicional
Decreto 117 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 032 del 15 de diciembre de 1997 de la Junta Liquidadora del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal.
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