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Article 27

Para Los Efectos Dispuestos En El Presente Decreto, En Desarrollo De Lo Previsto En El Artículo 49 De La Ley 1955 De 2019, Al Realizar La Conversión De Valores Expresados En Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (Smlmv) A Unidades De Valor Tributario (Uvf), Se Empleará Por Una Única Vez El Procedimiento De Aproximaciones Que Se Señala A Continuación: Una Tarifa Fijada En 1 Smlmv Al Convertirse A Uvt Para El Año 2022, Corresponderá Inicialmente A 26,3130197 Uvt

Decreto 2640 de 2022 · por el cual se modifican los Decretos 1069 de 2015 Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, 1078 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y 1080 de 2015 Único Reglamentario del Sector Cultura.

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Para los efectos dispuestos en el presente decreto, en desarrollo de lo previsto en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, al realizar la conversión de valores expresados en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) a Unidades de Valor Tributario (UVf), se empleará por una única vez el procedimiento de aproximaciones que se señala a continuación: Una tarifa fijada en 1 SMLMV al convertirse a UVT para el año 2022, corresponderá inicialmente a 26,3130197 UVT. Acto seguido, para dar aplicación al presente artículo, se aproximará a la cifra con dos decimales más cercana para establecer la tarifa, es decir, finalmente quedará convertida en 26,31 UVT. Cuando el valor a convertir resulte inferior a una (1) UVT, se deberá aproximar a la cifra con tres (3) decimales más cercana. Aplicando la presente regla, una tarifa fijada en 1 Salario Mínimo Legal Diario Vigente (SMLDV) al convertirse a UVT para el año 2022, corresponderá inicialmente a 0,877101 UVT. Acto seguido, para dar aplicación al presente artículo, se aproximará a la cifra con tres decimales más cercana para establecer la tarifa, es decir, finalmente quedará convertida en 0,877 UVT.

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Constitutional history

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