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Article 424

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

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01

Text of the article

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PROCEDENCIA Y TRAMITE. El recurso de reposición se interpondrá por escrito dentro de los dos (2) días siguientes al de la notificación y se tramitará así: Si el auto es de sustanciación, se resolverá de plano dentro de los dos (2) días siguientes. Si el auto es interlocutorio, se ordenará que la solicitud permanezca en la secretaría por el término de dos días a disposición de las partes; transcurrido éste, se resuelve en cualquiera de los tres (3) días, siguientes. Del auto que decide sobre la reposición no se puede pedir otra nueva, salvo que contenga puntos no decididos en la primera providencia. APELACION

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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