La Prestación Del Servicio De Asistencia Técnica Agropecuaria Se Fundamenta En Los Siguientes Principios: A) El Desarrollo Productivo En Concordancia Con La Protección Y La Conservación De Los Recursos Naturales, Para Mejorar Y Asegurar La Posibilidad De Mantener En El Tiempo La Producción Agropecuaria, En Beneficio De Las Generaciones Actuales Y Futuras; B) La Planificación De La Producción Agropecuaria, Forestal Y Piscícola De Acuerdo Con Las Características Agroecológicas Y Con Las Recomendaciones Básicas De Uso Y Manejo De Los Recursos Naturales Renovables; C) La Participación Organizada De Los Pequeños Productores En La Elaboración Del Diagnóstico, Formulación, Ejecución Y Control De Los Proyectos De Asistencia Técnica; D) La Promoción Del Desarrollo Social De Las Comunidades Rurales De Bajos Ingresos Y La Participación Equitativa De Todos Los Miembros De La Familia En La Producción Agropecuaria; E) La Integración Funcional Entre Las Entidades Que Presten Servicios De Apoyo A La Producción, En Torno A Los Recursos, Planes, Programas Y Proyectos
Decreto 2379 de 1991 · por el cual se reglamentan los Decretos-ley 077 de 1987 y 0501 de 1989 en lo relativo a la prestación del servicio de asistencia técnica agropecuaria a pequeños productores y se modifica parcialmente el Decreto 1946 de 1989.
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° La prestación del servicio de asistencia técnica agropecuaria se fundamenta en los siguientes principios
a)
El desarrollo productivo en concordancia con la protección y la conservación de los recursos naturales, para mejorar y asegurar la posibilidad de mantener en el tiempo la producción agropecuaria, en beneficio de las generaciones actuales y futuras;
b)
La planificación de la producción agropecuaria, forestal y piscícola de acuerdo con las características agroecológicas y con las recomendaciones básicas de uso y manejo de los recursos naturales renovables;
c)
La participación organizada de los pequeños productores en la elaboración del diagnóstico, formulación, ejecución y control de los proyectos de asistencia técnica;
d)
La promoción del desarrollo social de las comunidades rurales de bajos ingresos y la participación equitativa de todos los miembros de la familia en la producción agropecuaria;
e)
La integración funcional entre las entidades que presten servicios de apoyo a la producción, en torno a los recursos, planes, programas y proyectos.
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Constitutional history
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