Para la aplicación del presente Convenio, las Partes Contratantes constituirán una Comisión Mixta Intergubernamental, que estará integrada por igual número de miembros colombianos y cubanos designados por los respectivos Gobiernos.
La Comisión Mixta se reunirá por acuerdo de ambas Partes en las fechas y lugares que se determinen.