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Article 24

Son Sujetos Pasivos Del Impuesto De Papel Sellado Y Timbre Nacional, Para Efectos De Las Responsabilidades Que Entre Sí Puedan Exigirse Los Interesados, Y Para Tener Derecho A Deducciones De La Renta Bruta: 1° Las Personas Interesadas En La Expedición, Por Funcionarios Públicos, De Documentos Gravados

Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son sujetos pasivos del impuesto de papel sellado y timbre nacional, para efectos de las responsabilidades que entre sí puedan exigirse los interesados, y para tener derecho a deducciones de la renta bruta: 1° Las personas interesadas en la expedición, por funcionarios públicos, de documentos gravados. 2° Las personas que adquieran derechos o contraigan obligaciones que consten en documentos gravados por partes iguales. 3° Las personas que deban hacer el recaudo en la fuente.

Parágrafo

Son absolutamente nulas, para efecto fiscales, las convenciones por medio de las cuales se sustituyen los sujetos pasivos del impuesto de timbre nacional y papel sellado, indicados en este artículo. Revalidaciones y sanciones

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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