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Article 138

Transporte De Explosivos

Decreto 1886 de 2015 · por el cual se establece el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas.

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01

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Transporte de explosivos. El transporte de explosivos se regirá por lo señalado en los Decretos 334 de 2002 y 1609 de 2002, o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

Parágrafo 1

°. Los vehículos usados para el transporte de explosivos y accesorios de voladura desde los sitios de venta hasta los polvorines, deben cumplir con los siguientes requisitos generales

1.

Ser lo suficientemente fuerte para transportar sin dificultades y estar permanentemente en excelentes condiciones mecánicas y de seguridad;

2.

Estar provistos de extintores de incendios, los cuales deben ser examinados y recargados conforme a lo establecido en la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o la que la modifique, adicione o sustituya: el número de extintores debe establecerse de acuerdo con el peso bruto del vehículo de conformidad con lo dispuesto por Indumil;

3.

Disponer de sistemas para bloquear las ruedas, y

4.

Cuando estén impulsados por un motor de combustión interna, la batería debe tener un conmutador que permita aislarla.

Parágrafo 2

En la operación de los vehículos en los que se transporte explosivos se debe tener en cuenta lo siguiente

1.

Los conductores de vehículos de transporte de materiales explosivos deben cumplir con la reglamentación establecida por el Ministerio de Transporte;

2.

El conductor debe estar entrenado y capacitado para realizar la labor y no debe abandonar el vehículo durante el recorrido;

3.

Los conductores de los vehículos deben conocer las regulaciones de tránsito interno de la mina y las concernientes al material que transportan;

4.

Ser operados a una velocidad no superior a los cuarenta y cinco kilómetros por hora (45 km/h);

5.

Que lleve una puesta a tierra para eliminar los riesgos de electricidad estática;

6.

Que la carga no exceda del ochenta por ciento (80%) de la capacidad total de carga del automotor; y,

7.

Mientras estén cargados, los vehículos no deberán estacionarse en garajes o talleres para reparación o mantenimiento, ni entrar a las estaciones de servicio para aprovisionarse de combustibles.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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