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Article 2.3.2.5.4.1

Sesiones Del Sistema Nacional De Reincorporación

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Sesiones del Sistema Nacional de Reincorporación. El Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Reincorporación sesionará, al menos, una vez cada seis (6) meses, y de manera extraordinaria, cuando se considere necesario. Los Subcomités Técnicos sesionarán como mínimo una vez cada dos (2) meses. Tanto el Comité Ejecutivo como los Subcomités Técnicos sesionarán de manera extraordinaria siempre que así se requiera.

Parágrafo 1

El Comité Ejecutivo citará, a los Subcomités Técnicos que se requieran para el diseño de planes, programas y proyectos del proceso de reincorporación social, económica, política y comunitaria de las personas exintegrantes de las FARC-EP incluyendo también a sus familias.

Parágrafo 2

El Comité Ejecutivo y los Subcomités Técnicos podrán invitar a sesiones ordinarias y/o extraordinarias a las entidades e instituciones públicas o privadas, sociedad civil, centros de estudio, agencias de cooperación, sujetos en proceso de reincorporación, sus colectivos, familias o comunidades, siempre que así se requiera.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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