º Antes de la celebración de los contratos se deberá expedir un "Certificado de Disponibilidad Presupuestal" suscrito por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces en el organismo o entidad contratante, en el cual conste que dichos compromisos están amparados con apropiación presupuestal disponible.
Article 7
º Antes De La Celebración De Los Contratos Se Deberá Expedir Un "certificado De Disponibilidad Presupuestal" Suscrito Por El Jefe De Presupuesto O Quien Haga Sus Veces En El Organismo O Entidad Contratante, En El Cual Conste Que Dichos Compromisos Están Amparados Con Apropiación Presupuestal Disponible
Decreto 777 de 1992 · por el cual se reglamenta la celebración de los contratos a que se refiere el inciso segundo del Artículo 355 de la Constitución Política.
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