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Article 76

El Permisionario Dará Oportuno Aviso Al Ministerio De Correos Y Telégrafos De La Fecha En Que Termine Los Trabajos De Instalación Del Equipo Transmisor, A Efecto De Que Se Le Practique La Primera Inspección Si Los Resultados De La Inspección Fueren Satisfactorios, El Ministerio Autorizará A 1os Permisionarios Para Que Puedan Dar Principio A Sus Transmisiones, Debiendo Estos Dar Aviso De La Fecha En Que Las Inicien

Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936

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01

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El permisionario dará oportuno aviso al Ministerio de Correos y Telégrafos de la fecha en que termine los trabajos de instalación del equipo transmisor, a efecto de que se le practique la primera inspección Si los resultados de la inspección fueren satisfactorios, el Ministerio autorizará a 1os permisionarios para que puedan dar principio a sus transmisiones, debiendo estos dar aviso de la fecha en que las inicien. Tratándose de estaciones de aficionados no será indispensable esta primera inspección.

02

Constitutional history

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