El destino final de las armas, municiones y explosivos, será el Ministerio de Guerra, a donde se enviaran, dentro de los diez días siguientes al decomiso, directamente por la autoridad que los decomisó o por conducto del Comando de la guarnición militar más cercana. El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo, será castigado con la pérdida del empleo. Se exceptúan de esta prescripción los elementos necesarios para investigaciones judiciales con los que se procederá según lo dispuesto en el artículo 85 del Código Penal.
Decreto 1449 de 1939 →In force
Article 68
El Destino Final De Las Armas, Municiones Y Explosivos, Será El Ministerio De Guerra, A Donde Se Enviaran, Dentro De Los Diez Días Siguientes Al Decomiso, Directamente Por La Autoridad Que Los Decomisó O Por Conducto Del Comando De La Guarnición Militar Más Cercana
Decreto 1449 de 1939 · Por el cual se reglamenta la importación, exportación, fabricación, comercio y posesión de armas, municiones y explosivos
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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