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Article 6

Insumos Para La Planeación De La Política

Ley 2136 de 2021 · por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado Colombiano - PIM, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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La planeación de la Política Integral Migratoria (PIM), tendrá en cuenta los siguientes insumos:

1.

Los instrumentos internacionales en materia migratoria ratifica­dos por el Estado colombiano.

2.

Los planes de desarrollo nacional, y territorial.

3.

Los programas anuales operativos en relación con los recursos humanos calificados disponibles y los necesarios para su cum­plimiento.

4.

Los informes del Ministerio de Trabajo, sobre la situación labo­ral del país.

5.

Los informes del Sistema de Información para el Reporte de Ex­tranjeros (Sire) sobre la demanda de servicios, el cumplimiento del aporte patronal –en el caso de contratación de trabajadores y trabajadoras extranjeras– y del aseguramiento voluntario de los trabajadores extranjeros voluntarios.

6.

Los informes de los Ministerios de Agricultura; Industria, Co­mercio y Turismo; y de Relaciones Exteriores, y los del De­partamento Nacional de Planeación, en relación con las nece­sidades de los sectores productivos nacionales y de inversión extranjera sobre recurso humano inexistente o insuficiente en el país.

7.

El plan sectorial del turismo elaborado por el Ministerio de In­dustria, Comercio y Turismo y el Departamento Nacional de Planeación en función de las necesidades y prioridades del tu­rismo en el país.

8.

Los informes del Ministerio de Educación Nacional, sobre el estado de la situación de la oferta y la demanda educativa en el país y la incidencia de la migración en ella.

9.

Los informes del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innova­ción respecto a becarios de los programas de formación de alto nivel fuera del país.

10.

Los informes técnicos y académicos sobre la migración y el de­sarrollo.

11.

Los informes socioeconómicos emitidos por parte del Departa­mento Administrativo de Prosperidad Social.

12.

Los aportes de las asociaciones, entidades sin ánimo de lucro y organizaciones no gubernamentales que presten servicios de atención a migrantes.

13.

Los procesos de caracterización y registro consular que realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de sus consula­dos y en compañía de otras entidades.

14.

Los informes técnicos sobre migración emitidos por el Departa­mento Nacional de Planeación.

Además de los insumos anteriores, las autoridades a cargo de la formulación de la Política Pública podrán usar otros que consideren pertinentes.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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