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Article 15

El Monto De Las Apropiaciones Para Gastos Que Deba Incluirse En El Proyecto De Presupuesto, Será Fijado Por El Presidente De La República Asistido Por El Ministro De Hacienda, Teniendo En Cuenta El Cómputo De Las Rentas Y El De Los Recursos Del Balance Del Tesoro Para El Año Próximo

Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto

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Text of the article

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El monto de las apropiaciones para gastos que deba incluirse en el proyecto de Presupuesto, será fijado por el Presidente de la República asistido por el Ministro de Hacienda, teniendo en cuenta el cómputo de las rentas y el de los recursos del Balance del Tesoro para el año próximo. Y para fijar la cuantía de los recursos del crédito de que convenga hacer uso en el respectivo año fiscal, se tomará en consideración, además de los planes y programas legalmente aprobados, la capacidad económica del país para la absorción de tales recursos.

02

Constitutional history

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