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Article 32

Fortalecimiento De La Justicia Propia

Decreto 981 de 2026 · Por el cual se establece e implementa la Política de la Niñez Indígena como la política de Infancia y Adolescencia para los pueblos indígenas de Colombia y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En el ejercicio del gobierno propio los pueblos y autoridades indígenas crearán o fortalecerán rutas de prevención, atención, acceso a la justicia propia y seguimientos de casos en la jurisdicción especial indígena-JEI en el marco del artículo 246, que se coordinará con las rutas establecidas por el Estado colombiano y otras que se consideren necesarias.

Parágrafo

Los procesos por delitos graves en contra de la niñez indígena, tales como violencia sexual, feminicidios, asesinatos, desaparición forzada, trata de personas y reclutamiento de las semillas de vida, maltrato infantil grave o sistemático, delitos que impliquen esclavitud, tortura, entre otros, deberán ser atendidos de manera coordinada y prioritaria por el Sistema Judicial Nacional y Justicia Especial Indígena-JEI. La competencia frente al procedimiento y juzgamiento será definida teniendo en cuenta la prevalencia de los derechos de la niñez indígena

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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