Evaluación. Vencido el término para la presentación de propuestas, la entidad verificará las condiciones de orden jurídico, financiero y técnico exigidas en el pliego de condiciones. Verificado el cumplimiento de las mismas, la entidad procederá a la evaluación de los criterios técnicos contenidos en la propuesta en los términos establecidos en el artículo 3.8.2.2 del presente decreto, y seleccionará, en forma motivada, a los oferentes que hayan presentado las ofertas más favorables para la entidad para integrar el registro.
Decreto 734 de 2012 →In force
Article 3.8.2.1.4.3
Evaluación
Decreto 734 de 2012 · por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.