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Article 66

Clasificación De Las Comisiones

Decreto 1214 de 1990 · Por el cual se reforma el Estatuto y el Régimen Prestacional del Personal Civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional.

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01

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ARTICULO 66. Clasificación de las comisiones. Las comisiones en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, pueden ser individuales o colectivas, de acuerdo con la misión por cumplir y se clasifican así: a) Comisiones transitorias: Las que tienen una duración hasta de noventa (90) días. b) Comisiones permanentes: Las que exceden de noventa (90) días. c) Las comisiones, tanto transitorias como permanentes, pueden ser

1.

Dentro del país.

2.

En el exterior. d) Las comisiones dentro del país, pueden ser: 1. En el Ramo de Defensa. 2. En otras dependencias. e) Las comisiones en el exterior, pueden ser: 1. Administrativas. 2. De estudios.

3.

De tratamiento médico.

02

Constitutional history

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