Los empleados que venían vinculados al Instituto y cuyos cargos se vieron afectados por las disposiciones señaladas en materia de requisitos en el Decreto 2772 de 2005, serán incorporados en cargos en los que cumplan los requisitos y en el evento en que la asignación básica de estos sea inferior a la que venían percibiendo, se les establecerá una prima de compensación en los términos que señale el Gobierno Nacional. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto no se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.
Article 10
Los Empleados Que Venían Vinculados Al Instituto Y Cuyos Cargos Se Vieron Afectados Por Las Disposiciones Señaladas En Materia De Requisitos En El Decreto 2772 De 2005, Serán Incorporados En Cargos En Los Que Cumplan Los Requisitos Y En El Evento En Que La Asignación Básica De Estos Sea Inferior A La Que Venían Percibiendo, Se Les Establecerá Una Prima De Compensación En Los Términos Que Señale El Gobierno Nacional
Decreto 5018 de 2009 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Nacional de Cancerología – Empresa Social del Estado.
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