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Article 1.4.5.6

Requisitos Para La Presentación De La Información A Través Del Servicio Informático

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los responsables de presentar la información en forma virtual haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), deberán cumplir en forma previa las siguientes condiciones:

1.

Inscribirse y mantener actualizado el Registro Único Tributario (RUT) de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) donde deberá registrar, en la sección correspondiente, la condición de contribuyente del régimen especial en materia tributaria ZESE.

2.

El representante legal deberá inscribir o actualizar, de ser necesario, su Registro Único Tributario personal, conforme al artículo 1.1.1.17. de la presente resolución, informando su correo electrónico e incluyendo la responsabilidad 22, "Obligados a cumplir deberes formales a nombre de terceros".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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