JurídicoESEN

Article 1

Pago De Cuotas Partes Pensionales Entre Entidades Territoriales A Través Del Fonpet

Decreto 2191 de 2013 · por medio del cual se reglamenta el artículo 141 del Decreto-ley 019 de 2012, se modifica el artículo 1° del Decreto 4105 de 2004 y se dictan disposiciones para el pago y compensación de cuotas partes pensionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Pago de cuotas partes pensionales entre entidades territoriales a través del Fonpet . Las entidades territoriales podrán utilizar los recursos disponibles en sus cuentas individuales en el Fonpet, para la compensación y pago de cuotas partes pensionales adeudadas a otras entidades territoriales, tanto por su valor exigible como por su valor actuarial. Estas operaciones se realizarán mediante el traslado de recursos entre las cuentas del Fonpet y en ningún caso implicarán retiro de recursos del Fondo. Cuando se trate del pago del valor actuarial de las obligaciones por cuotas partes pensionales, estas deberán estar debidamente registradas en los cálculos actuariales de las entidades territoriales involucradas, dentro del programa Pasivocol del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2191 de 2013