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Article 9

Dirección Unidad Hospitalaria

Decreto 921 de 2007 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño.

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01

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°. Dirección Unidad Hospitalaria. Son funciones de la Dirección de Unidad Hospitalaria en la red de servicios a su cargo, las siguientes

1.

Administrar el recurso humano, físico, financiero e informático orientado a fortalecer la eficiencia en el funcionamiento y desempeño de la unidad hospitalaria.

2.

Participar en la elaboración y ejecutar el plan operativo de los servicios hospitalarios y ambulatorios.

3.

Realizar seguimiento y evaluación al cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos en el área de su competencia.

4.

Participar en el diseño y garantizar la implementación y el cumplimiento del sistema de garantía de la calidad.

5.

Dirigir, planear, evaluar y controlar la prestación de servicios hospitalarios y ambulatorios.

6.

Promover y presidir el comité técnico-científico y los demás que ordenen las normas legales vigentes.

7.

Promover y garantizar la implementación y funcionamiento de la oficina de atención al usuario.

8.

Velar por el cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidas en los convenios docente-asistenciales o de investigación.

9.

Promover actividades orientadas al desarrollo técnico-científico de la institución.

10.

Implementar y garantizar el cumplimiento de los protocolos de manejo clínico, guías, manuales y los estándares que determinen los parámetros de calidad en la prestación de los servicios de salud y apoyar la elaboración de los protocolos de manejo clínico que se requieran en las unidades asistenciales; así como garantizar la implementación de los procesos y procedimientos administrativos.

11.

Participar en la elaboración, ejecución y realización el seguimiento del presupuesto de la unidad hospitalaria.

12.

Proponer, fomentar y participar en el estudio, adopción y desarrollo de proyectos de alianzas estratégicas con el sector público o privado para prestar servicios de salud que se requieran.

13.

Garantizar la adecuada utilización de los recursos destinados a la prestación de los servicios de salud.

14.

Garantizar y controlar el funcionamiento de los sistemas de información y mejoramiento continuo de todas las áreas de la unidad hospitalaria.

15.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las demás que le sean asignadas por las normas legales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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