º Los representantes legales de las Organizaciones Comercializadoras Privadas del Orden Nacional, elegirán a su representante ante el Consejo Nacional de la Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, por mayoría absoluta de votos, en reunión convocada para el efecto por el Viceministro de Desarrollo Rural Campesino del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Para los fines de este Decreto se tendrán como Organizaciones Comercializadoras Privadas del Orden Nacional aquéllas vinculadas a la producción agropecuaria y que representen directamente a los productores agrícolas.
Article 3
º Los Representantes Legales De Las Organizaciones Comercializadoras Privadas Del Orden Nacional, Elegirán A Su Representante Ante El Consejo Nacional De La Reforma Agraria Y Desarrollo Rural Campesino, Por Mayoría Absoluta De Votos, En Reunión Convocada Para El Efecto Por El Viceministro De Desarrollo Rural Campesino Del Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural
Decreto 2305 de 1994 · por el cual se reglamenta la eleccion de los representantes de las organizaciones campesinas, indigenas y comercializadoras privadas y la de los gremios de la produccion, ante el Consejo Nacional de la Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, ante la Junta Directiva del Ins-tituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, y ante el Comite Ejecutivo del Fondo de Organización y Capacitación Campesina y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.