Artículo cuarto. En los institutos técnicos industriales se cursaran todas las materias del segundo ciclo de educación secundaria a que se refieren los artículos 5º, 6º,7º y 8º del Decreto número 45 de 1962. Además, el plan de estudios comprenderá las asignaturas técnicas y las prácticas de taller y laboratorio que requiera cada especialización. El alumno que haya cursado y aprobado los tres años del ciclo técnico de enseñanza industrial recibirá el título de bachiller técnico en la especialización Que haya seguido, el cual le dará derecho de ejercer su profesión y de ingresar a la universidad, previo el lleno de los requisitos vigentes.
Decreto 718 de 1966 →In force
Article 4
Decreto 718 de 1966 · por el cual se reorganizara la educación industrial de nivel medio y se crean las carreras técnicas intermedias.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.