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Article 92

Los Recursos Recaudados Por Concepto De Peajes En Vías De La Red Vial Nacional No Concesionada, Serán Invertidos Por El Instituto Nacional De Vías En La Rehabilitación, Conservación Y Mantenimiento De La Vía Objeto Del Peaje Y, Cuando Esta Cumpla Con Los Estándares Técnicos Requeridos, Los Recursos Remanentes Resultantes Podrán Destinarse Por Este Instituto A La Rehabilitación, Conservación Y Mantenimiento De Vías De La Red Vial Nacional No Concesionada En El Departamento De Origen De Los Recursos

Decreto 1477 de 2025 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2026, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los recursos recaudados por concepto de peajes en vías de la red vial nacional no concesionada, serán invertidos por el Instituto Nacional de Vías en la rehabilitación, conservación y mantenimiento de la vía objeto del peaje y, cuando esta cumpla con los estándares técnicos requeridos, los recursos remanentes resultantes podrán destinarse por este Instituto a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de vías de la red vial nacional no concesionada en el departamento de origen de los recursos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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